Política de seguridad de la información
Welgood Technologies, S.L.
1. Declaración de la Dirección
La Dirección de WELGOOD TECHNOLOGIES, S.L. reconoce que los servicios y la información identificados en el Documento de Delimitación del Alcance y Categorización del Sistema ENS constituyen los activos esenciales del sistema de información certificado. Todos los activos tecnológicos, plataformas, aplicaciones, repositorios, equipos, credenciales, registros, documentación técnica y demás elementos que les dan soporte heredarán los requisitos de seguridad que correspondan a dichos activos esenciales, de acuerdo con el Esquema Nacional de Seguridad.
Mediante la presente Política, la Dirección establece el marco general para gobernar la seguridad de la información de forma proporcional a los riesgos, a la categoría MEDIA del sistema y a las obligaciones legales, contractuales y normativas aplicables.
La seguridad de la información se concibe como una responsabilidad de la organización en su conjunto y como un requisito integrado en el diseño, desarrollo, implantación, operación, mantenimiento y soporte de las soluciones software y servicios tecnológicos incluidos en el alcance ENS.
2. Objeto de la Política
La presente Política de Seguridad de la Información constituye el documento marco de máximo nivel del sistema documental de seguridad de Welgood para el ámbito del Esquema Nacional de Seguridad.
Su objeto es establecer los principios, objetivos, responsabilidades, criterios de gobierno y compromisos generales que permiten proteger la información tratada, los servicios prestados y los sistemas de información incluidos en el alcance certificado.
Esta Política proporciona el marco para desarrollar normas, procedimientos, instrucciones técnicas, registros y evidencias de cumplimiento que permitan implantar, mantener, supervisar y mejorar la seguridad de la información de forma continua.
3. Contexto, misión, visión y valores de Welgood
Welgood desarrolla, implanta, opera y mantiene soluciones tecnológicas de software a medida, con especialización en servicios digitales para la gestión tecnológica de estacionamientos, sistemas de movilidad inteligente y otros ámbitos relacionados con la digitalización, control y mejora de servicios orientados a clientes y usuarios.
A efectos de esta Política, la actividad relevante no se identifica con la explotación física de aparcamientos ni con la fabricación industrial de hardware como actividades certificadas por sí mismas, sino con los sistemas de información y servicios tecnológicos que soportan el ciclo de vida de las soluciones software incluidas en el alcance ENS.
La misión de Welgood, en el marco de esta Política, se concreta en proporcionar soluciones software fiables, seguras, eficientes e innovadoras, capaces de apoyar la gestión tecnológica de servicios de movilidad y estacionamiento mediante información íntegra, disponible, confidencial, auténtica y trazable.
La visión de Welgood es consolidarse como un proveedor tecnológico de referencia en soluciones digitales aplicadas a la movilidad inteligente y a la gestión avanzada de servicios, aportando innovación, fiabilidad, orientación al cliente, sostenibilidad, eficiencia y mejora continua.
La seguridad de la información se integra en los valores que deben guiar la actividad de Welgood: innovación responsable, calidad del servicio, orientación al cliente, cumplimiento normativo, protección de la información, profesionalidad técnica, mejora continua y responsabilidad en el uso de la tecnología.
4. Ámbito de aplicación
La presente Política es de aplicación al sistema de información incluido en el alcance ENS de Welgood, definido en los siguientes términos:
“Los sistemas de información que dan soporte al diseño, desarrollo, implantación, operación y mantenimiento de soluciones de software a medida, incluyendo las soluciones tecnológicas de gestión y control de estacionamientos y los sistemas de movilidad inteligente, de acuerdo con la Declaración de Aplicabilidad vigente.”
La ubicación principal del sistema se establece en Plaza Compostela 27, 36201 Vigo, España, sin perjuicio de los entornos cloud, accesos remotos autorizados, emplazamientos de cliente y ubicaciones de implantación, operación o mantenimiento que se encuentren expresamente incluidos en el inventario de activos, en la Declaración de Aplicabilidad, en contratos o en anexos técnicos vigentes.
La Política aplica a todo el personal de Welgood, miembros de la Dirección, personal técnico, usuarios internos, administradores, colaboradores, proveedores, subcontratistas y terceros que accedan, administren, desarrollen, mantengan, soporten o traten información o sistemas incluidos en el alcance ENS.
5. Marco normativo y regulatorio
La presente Política se establece tomando como referencia el marco normativo y regulatorio aplicable a la seguridad de la información, la prestación de servicios tecnológicos, la protección de datos personales y las obligaciones contractuales asumidas por Welgood.
En particular, se consideran de aplicación o referencia, en la medida que correspondan al alcance definido, las siguientes normas y documentos:
- Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.
- Instrucciones Técnicas de Seguridad y guías CCN-STIC que resulten aplicables, especialmente las relativas a política de seguridad, categorización, declaración de aplicabilidad, auditoría, conformidad, análisis de riesgos e incidentes.
- Reglamento (UE) 2016/679, Ley Orgánica 3/2018 y normativa aplicable en materia de protección de datos personales.
- Normativa aplicable en materia de contratación pública, administración digital, propiedad intelectual, servicios de la sociedad de la información, comercio electrónico y ciberseguridad, cuando resulte aplicable a los servicios prestados.
- Contratos, pliegos, acuerdos de nivel de servicio, anexos técnicos, compromisos con clientes y requisitos específicos de entidades públicas o privadas destinatarias de los servicios.
- Normativa interna de Welgood, incluyendo procedimientos, instrucciones, políticas complementarias, registros y evidencias que desarrollen esta Política.
6. Principios básicos de seguridad
La seguridad de la información en Welgood se regirá por los principios básicos del Esquema Nacional de Seguridad, aplicados de forma proporcionada a la naturaleza de la información tratada, los servicios prestados, la categoría MEDIA del sistema y los riesgos identificados.
- Seguridad como proceso integral: la seguridad no será una actuación aislada, sino una función integrada en personas, procesos, tecnología, proveedores y decisiones de negocio.
- Gestión basada en riesgos: las medidas de seguridad se determinarán en función de los riesgos que afecten a la información y servicios del alcance, manteniendo una proporcionalidad razonable entre impacto, probabilidad, categoría del sistema y recursos disponibles.
- Prevención, detección, respuesta y recuperación: se aplicarán medidas para reducir la superficie de exposición, detectar incidentes, responder en tiempo oportuno y recuperar la información y los servicios cuando se produzcan interrupciones o compromisos de seguridad.
- Líneas de defensa: la protección se organizará en capas organizativas, físicas, técnicas y procedimentales, evitando depender de un único control o persona.
- Vigilancia continua y reevaluación periódica: la seguridad será objeto de seguimiento, medición, revisión y actualización frente a cambios tecnológicos, amenazas, vulnerabilidades, incidentes o requisitos de cliente.
- Diferenciación de responsabilidades: se separarán las funciones de decisión, supervisión y operación de la seguridad, manteniendo mecanismos de coordinación y resolución de conflictos.
- Seguridad desde el diseño y por defecto: las soluciones, cambios, integraciones y servicios deberán incorporar requisitos de seguridad desde su concepción y no como corrección tardía.
7. Requisitos mínimos y compromisos de seguridad
Welgood desarrollará la presente Política mediante la aplicación de los requisitos mínimos de seguridad previstos en el ENS, adaptados al alcance del sistema, a la Declaración de Aplicabilidad vigente y al análisis de riesgos.
La organización asume los siguientes compromisos generales:
- Organizar e implantar el proceso de seguridad mediante responsabilidades formalmente asignadas.
- Analizar y gestionar los riesgos de seguridad de forma continua y documentada.
- Gestionar el personal, la formación, la concienciación y las responsabilidades individuales en materia de seguridad.
- Asegurar que las tareas críticas se desempeñan con competencia profesional suficiente y supervisión adecuada.
- Autorizar y controlar los accesos a información, aplicaciones, repositorios, entornos cloud, sistemas, redes y servicios incluidos en el alcance.
- Proteger las instalaciones corporativas, equipos, dispositivos, soportes, accesos remotos y ubicaciones autorizadas desde las que se presten servicios incluidos en el alcance.
- Gestionar de forma segura la adquisición de productos y la contratación de servicios tecnológicos o de seguridad.
- Aplicar el principio de mínimo privilegio y revisar los permisos concedidos.
- Mantener la integridad, actualización, configuración segura y ciclo de vida de los sistemas incluidos en el alcance.
- Proteger la información almacenada y en tránsito mediante medidas proporcionales a su criticidad.
- Prevenir riesgos derivados de interconexiones, integraciones, accesos remotos y dependencias con otros sistemas.
- Registrar la actividad relevante, detectar código dañino y conservar evidencias suficientes para investigación, auditoría y trazabilidad.
- Gestionar incidentes de seguridad y aplicar medidas correctivas y preventivas.
- Preservar la continuidad de la actividad y la recuperación de los servicios ante escenarios de interrupción.
- Mejorar continuamente el proceso de seguridad mediante revisión, métricas, auditoría, aprendizaje e implantación de acciones.
8. Objetivos de seguridad
Los objetivos de seguridad de la información de Welgood se orientan a garantizar que la organización pueda prestar sus servicios tecnológicos incluidos en el alcance ENS con niveles adecuados de confianza, continuidad, control, cumplimiento y trazabilidad.
Con carácter general, la Política persigue los siguientes objetivos:
- Proteger la información de clientes, usuarios, proyectos, soluciones, código fuente, documentación técnica, registros operativos, datos económicos, credenciales y evidencias de operación que formen parte del alcance ENS.
- Mantener la continuidad y calidad de los servicios tecnológicos incluidos en el alcance certificado.
- Garantizar la integridad de las soluciones desarrolladas, configuraciones, parámetros, integraciones, datos operativos y registros relevantes del sistema.
- Preservar la confidencialidad de la información técnica, contractual, personal, económica y operativa tratada por Welgood dentro del alcance.
- Asegurar la autenticidad de usuarios, sistemas, integraciones, cambios, acciones de administración y comunicaciones relevantes.
- Mantener la trazabilidad necesaria para reconstruir actuaciones, investigar incidentes, demostrar cumplimiento y responder ante clientes, auditores o autoridades competentes.
- Cumplir los requisitos del ENS de categoría MEDIA aplicables al sistema, así como la normativa legal y contractual que corresponda.
- Fomentar una cultura de seguridad práctica, comprensible y alineada con la actividad real de Welgood, sin extender el alcance certificado a activos o servicios no asumidos formalmente.
9. Organización de la seguridad
La organización de la seguridad de la información en Welgood se articula mediante una estructura de gobierno que permite dirigir, coordinar, supervisar y mejorar la seguridad de forma continua.
La Dirección ostenta la responsabilidad última de aprobar esta Política, proporcionar los recursos necesarios, impulsar su cumplimiento y garantizar que la seguridad se integre en los procesos de negocio, proyectos tecnológicos y toma de decisiones.
El Comité de Seguridad actúa como órgano colegiado encargado de impulsar, coordinar y supervisar la gestión de la seguridad de la información dentro del ámbito de aplicación del SGSI y del ENS.
10. Roles y responsabilidades de seguridad
Welgood mantiene una diferenciación de responsabilidades en materia de seguridad, de acuerdo con el ENS y con su estructura interna aprobada. Los roles podrán recaer en personas concretas designadas formalmente por la Dirección o por el Comité de Seguridad, y deberán revisarse cuando se produzcan cambios organizativos, técnicos o contractuales relevantes.
Los roles de seguridad definidos para el sistema son los siguientes, sin perjuicio de su asignación nominal mediante los acuerdos, actas o designaciones formalmente aprobados por la Dirección:
- Dirección y Responsable de la Información: con responsabilidad sobre la aprobación de la Política, la determinación de los requisitos de seguridad de la información, la aceptación de los riesgos residuales que afecten a la información y la adopción de decisiones de gobierno en su ámbito.
- Responsable de Seguridad: con responsabilidad sobre la dirección, coordinación, supervisión y mejora de la seguridad de la información, la propuesta de medidas, el seguimiento de riesgos, el asesoramiento al Comité de Seguridad y la coordinación de incidentes.
- Responsable del Sistema y del Servicio: con responsabilidad sobre la determinación de requisitos de seguridad de los servicios, el desarrollo, operación y mantenimiento de los sistemas incluidos en el alcance, la implantación de medidas técnicas, la gestión de cambios, la configuración segura y la operación diaria.
- Usuarios internos y personal técnico: responsables de cumplir la normativa de seguridad, proteger credenciales, utilizar medios autorizados, reportar incidentes y aplicar los procedimientos aprobados.
- Proveedores y terceros: responsables de cumplir los requisitos contractuales y de seguridad establecidos por Welgood cuando accedan a información, sistemas o servicios incluidos en el alcance.
11. Comité de Seguridad
El Comité de Seguridad de Welgood es el órgano de coordinación, seguimiento y mejora de la seguridad de la información en el ámbito del ENS. Su composición, funciones y régimen de funcionamiento se documentan en el acta de constitución correspondiente y en los acuerdos que la desarrollen.
El Comité tendrá, al menos, las siguientes funciones:
- Aprobar, proponer o revisar políticas, normas, procedimientos y criterios de seguridad.
- Supervisar el cumplimiento de los requisitos del ENS y de la Declaración de Aplicabilidad.
- Realizar seguimiento del análisis de riesgos, planes de tratamiento y acciones de mejora.
- Analizar incidentes relevantes, desviaciones, vulnerabilidades y necesidades de mejora.
- Impulsar formación, sensibilización y concienciación en seguridad.
- Elevar a la Dirección decisiones estratégicas, necesidades de recursos o conflictos que requieran resolución.
- Revisar periódicamente el estado de la seguridad y la adecuación de las medidas implantadas.
12. Gestión de riesgos y categoría del sistema
La gestión de riesgos constituye la base para determinar, implantar y revisar las medidas de seguridad aplicables. Welgood realizará y mantendrá actualizado un análisis de riesgos sobre los activos esenciales y de soporte incluidos en el alcance ENS.
La categorización del sistema se realizará sobre los activos esenciales, entendidos como la información tratada y los servicios prestados dentro del alcance definido, valorando el impacto de un incidente sobre las dimensiones de Disponibilidad, Integridad, Confidencialidad, Autenticidad y Trazabilidad.
La categoría resultante del sistema incluido en el alcance ENS de Welgood es MEDIA, conforme al documento de delimitación del alcance y categorización aprobado por la organización.
La Declaración de Aplicabilidad, el análisis de riesgos, el inventario de activos, los contratos aplicables, las evidencias de implantación y las responsabilidades efectivamente asumidas por Welgood deberán mantenerse alineados con dicha categoría y con los límites del alcance establecidos en esta Política.
13. Seguridad en el ciclo de vida de soluciones software y sistemas
La seguridad deberá integrarse desde el diseño, desarrollo, implantación, operación, mantenimiento y soporte de las soluciones software, plataformas, repositorios, entornos y servicios tecnológicos incluidos en el alcance ENS.
En particular, se establecerán directrices para:
- Identificación de requisitos de seguridad antes de iniciar proyectos, implantaciones, cambios relevantes o integraciones con terceros.
- Control de versiones, gestión de repositorios, revisión de cambios, segregación de entornos y trazabilidad de actuaciones técnicas relevantes.
- Validación de configuraciones, credenciales, parámetros operativos, integraciones, comunicaciones y dependencias antes de la puesta en producción.
- Protección del código fuente, documentación técnica, secretos, credenciales de integración, scripts, plantillas, parámetros y evidencias de despliegue.
- Gestión de vulnerabilidades, actualizaciones, parches, obsolescencia, componentes de terceros y configuraciones inseguras.
- Control de la operación y mantenimiento de soluciones implantadas dentro del alcance, incluyendo incidencias, cambios, restauraciones y actuaciones de soporte.
- Evaluación de impacto de seguridad cuando se incorporen nuevas funcionalidades, integraciones, datos, dependencias o responsabilidades que puedan modificar el alcance, la categoría, el análisis de riesgos o el inventario de activos.
14. Gestión de activos, información y servicios
Welgood mantendrá un inventario actualizado de los activos incluidos en el alcance ENS, diferenciando entre activos esenciales y activos de soporte.
Se consideran activos esenciales los servicios prestados y la información tratada dentro del alcance. Los servidores, repositorios, dispositivos corporativos, redes, herramientas de desarrollo, plataformas cloud, comunicaciones y demás elementos técnicos se consideran activos de soporte cuando sustenten dichos servicios o información, y deberán protegerse en función de los requisitos heredados de los activos esenciales a los que dan servicio.
La existencia de activos en ubicaciones de cliente, aparcamientos, UTEs o infraestructuras de terceros no implicará su incorporación automática al inventario ENS. Su inclusión requerirá una decisión explícita basada en responsabilidades reales, impacto, dependencia técnica y relación con el alcance certificado.
La información deberá ser identificada, clasificada y protegida conforme a su criticidad, sensibilidad, valor contractual, impacto operativo y requisitos legales o contractuales aplicables.
15. Gestión de accesos, usuarios y privilegios
Los accesos a sistemas, aplicaciones, repositorios, plataformas cloud, servicios de soporte, herramientas de desarrollo y entornos de operación incluidos en el alcance deberán ser autorizados, registrados, revisados y revocados de forma controlada.
La gestión de accesos se basará en los principios de necesidad de conocer, mínimo privilegio, segregación de funciones y trazabilidad de las actuaciones relevantes.
Los privilegios de administración se concederán únicamente a personas autorizadas, por el tiempo necesario y de acuerdo con procedimientos documentados. La organización revisará periódicamente los usuarios, permisos y credenciales asociados a los sistemas incluidos en el alcance.
16. Operación segura, vigilancia continua e incidentes
Welgood establecerá procedimientos de operación segura para los sistemas incluidos en el alcance, incluyendo la gestión de configuraciones, cambios, actualizaciones, copias de seguridad, monitorización, registro de actividad, detección de comportamientos anómalos y respuesta ante incidentes.
Los incidentes de seguridad deberán ser comunicados, registrados, clasificados, investigados y tratados conforme al procedimiento aplicable. Cuando proceda, se evaluará su impacto sobre la información, los servicios, los clientes, la protección de datos personales y las obligaciones contractuales o regulatorias aplicables.
La organización mantendrá capacidades proporcionadas de prevención, detección, respuesta y recuperación, incluyendo canales de comunicación interna y externa, criterios de escalado y medidas de aprendizaje posterior al incidente.
17. Continuidad de servicios, copias y recuperación
La continuidad de la actividad y de los servicios incluidos en el alcance ENS deberá gestionarse de forma proporcionada a la categoría del sistema, a la criticidad de los activos esenciales y a los compromisos asumidos con clientes y terceros.
Welgood definirá medidas para preservar o recuperar la prestación de los servicios tecnológicos incluidos en el alcance ante incidentes, fallos técnicos, errores humanos, indisponibilidad de proveedores, pérdida de información, degradación de comunicaciones u otras situaciones que puedan afectar al diseño, desarrollo, implantación, operación, mantenimiento o soporte de las soluciones software.
Las copias de seguridad, los procedimientos de restauración, los puntos y tiempos de recuperación, los recursos alternativos y las pruebas de continuidad deberán documentarse y revisarse conforme a los riesgos y a los requisitos aplicables.
18. Relación con terceros, proveedores y servicios externalizados
Los proveedores, subcontratistas, colaboradores, clientes, socios tecnológicos y terceros que participen en servicios, sistemas o procesos incluidos en el alcance ENS deberán cumplir los requisitos de seguridad que Welgood determine en función del riesgo, de la información tratada y de las obligaciones aplicables.
Los contratos, pedidos, acuerdos de servicio, anexos técnicos o documentos equivalentes deberán contemplar, cuando proceda, obligaciones de confidencialidad, protección de datos, control de accesos, gestión de incidentes, continuidad, retorno o eliminación de información, subcontratación, cumplimiento normativo, auditoría y notificación de cambios relevantes.
Cuando Welgood preste servicios a entidades del sector público o participe en cadenas de suministro sujetas al ENS, designará los puntos de contacto y responsabilidades necesarios para canalizar las comunicaciones relativas a seguridad, cumplimiento e incidentes.
19. Protección de datos personales
La información personal tratada por Welgood en el marco de sus proyectos, aplicaciones, soporte, relaciones con clientes, usuarios, proveedores y operación de servicios incluidos en el alcance deberá protegerse conforme al Reglamento General de Protección de Datos, la Ley Orgánica 3/2018 y demás normativa aplicable.
La organización identificará los riesgos derivados del tratamiento de datos personales y aplicará las medidas técnicas y organizativas apropiadas para evitar accesos no autorizados, pérdida, alteración, divulgación indebida, indisponibilidad o uso no conforme de la información.
Cuando el tratamiento lo requiera, se realizarán análisis de riesgos, evaluaciones de impacto, acuerdos de encargo de tratamiento, cláusulas de confidencialidad, registros de actividades, gestión de brechas de seguridad y demás actuaciones previstas por la normativa de protección de datos.
20. Formación, concienciación y deberes del personal
La seguridad de la información compromete a todas las personas que participan en los sistemas y servicios incluidos en el alcance. El desconocimiento, la falta de instrucciones, el uso inadecuado de herramientas o la ausencia de coordinación pueden generar riesgos relevantes para la organización y para sus clientes.
Welgood proporcionará formación, información y concienciación en materia de seguridad al personal propio y, cuando proceda, a colaboradores o terceros, de forma proporcionada a sus funciones, accesos y responsabilidades.
Todo el personal deberá cumplir la normativa interna de seguridad, proteger las credenciales, utilizar medios autorizados, mantener la confidencialidad, reportar incidentes o comportamientos anómalos, y colaborar en la mejora continua del sistema.
21. Estructura documental del sistema de seguridad
La documentación de seguridad del sistema se estructurará de forma jerárquica, controlada y accesible para las personas que la necesiten en el desempeño de sus funciones.
La estructura documental incluirá, al menos, los siguientes niveles:
- Política de Seguridad de la Información: documento marco aprobado por la Dirección.
- Normativa de seguridad: reglas generales sobre uso aceptable, acceso, clasificación, protección de información, dispositivos, comunicaciones, proveedores y operación.
- Procedimientos de seguridad: documentos que detallan cómo ejecutar tareas habituales, quién debe realizarlas, cómo registrar evidencias y cómo identificar y reportar comportamientos anómalos.
- Instrucciones técnicas y guías internas: criterios operativos para administradores, desarrolladores, personal de soporte y responsables de sistemas.
- Registros y evidencias: inventario de activos, análisis de riesgos, Declaración de Aplicabilidad, actas del Comité, revisiones de accesos, informes de incidentes, pruebas de restauración, formación y auditorías.
- Documentación contractual y de terceros: requisitos de seguridad aplicables a proveedores, clientes, subcontratistas, socios tecnológicos, UTEs o colaboradores cuando afecten al alcance ENS.
22. Cumplimiento, auditoría y mejora continua
Welgood supervisará periódicamente el cumplimiento de esta Política, de la normativa interna de seguridad, de la Declaración de Aplicabilidad, del análisis de riesgos y de los requisitos legales, contractuales y normativos aplicables.
El sistema de seguridad se someterá a revisión, seguimiento de indicadores, auditorías internas o externas, análisis de incidentes, revisión por el Comité de Seguridad y acciones correctivas o de mejora cuando se identifiquen desviaciones, debilidades o cambios relevantes.
La mejora continua se apoyará en la reevaluación periódica de riesgos, la actualización de medidas, el seguimiento de vulnerabilidades, la evolución tecnológica, los cambios normativos, las lecciones aprendidas y las necesidades de clientes y usuarios.
23. Comunicación, publicación y obligatoriedad
La presente Política será comunicada a las personas que formen parte de Welgood y a quienes deban conocerla por razón de sus funciones, relación contractual o participación en los sistemas y servicios incluidos en el alcance ENS. La versión íntegra de la Política tendrá carácter interno. La Dirección podrá aprobar versiones resumidas o extractos de carácter público para clientes, organismos, licitaciones, certificación o comunicación corporativa, siempre que no se exponga información sensible sobre la seguridad de la organización.
El cumplimiento de esta Política y de la normativa que la desarrolla es obligatorio. El incumplimiento podrá dar lugar a la aplicación de las medidas organizativas, contractuales, laborales o legales que correspondan.
24. Revisión, aprobación y entrada en vigor
La presente Política será revisada al menos una vez al año y, adicionalmente, cuando se produzcan cambios significativos en el alcance ENS, la categoría del sistema, los servicios prestados, la arquitectura tecnológica, los proveedores, la normativa aplicable, los riesgos, la organización de seguridad o las responsabilidades asumidas por Welgood.
La revisión será impulsada por el Responsable de Seguridad y sometida al Comité de Seguridad para su valoración. La aprobación corresponderá a la Dirección de Welgood o al órgano que ostente las máximas competencias ejecutivas, sin perjuicio de las funciones de coordinación y propuesta atribuidas al Comité de Seguridad.
La Política entrará en vigor desde la fecha de su aprobación y permanecerá vigente hasta que sea modificada, sustituida o revocada mediante una nueva aprobación formal.
La presente Política se aprueba por la Dirección de WELGOOD TECHNOLOGIES, S.L. en el lugar y fecha indicados.
En Vigo, a 2 de julio de 2026.
Fdo. Bibiana Arppe Pazó
Presidenta del Comité de Seguridad